APRUEBA IEEZ SUSTITUCIONES DE CANDIDATURAS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR

APRUEBA IEEZ SUSTITUCIONES DE CANDIDATURAS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, sesión extraordinaria, aprobó las sustituciones de las candidaturas a cargos de elección popular solicitadas por las Coaliciones “Va por Zacatecas” y “Juntos Haremos Historia en Zacatecas”, los partidos políticos: del Trabajo, Verde Ecologista de México, MORENA, Encuentro Solidario, Fuerza por México, Paz para Desarrollar Zacatecas, Partido del Pueblo, La Familia Primero, así como de la candidata independiente Martina Marín Chávez, respectivamente.

De la revisión efectuada a los documentos presentados por los partidos políticos y las coaliciones, para solicitar la sustitución de candidaturas, se desprende que los candidatos a Diputados, Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores, reúnen los requisitos de elegibilidad previstos en los artículos 53, 75, 118, fracción III de la Constitución Local; 12, 13 y 14 de la Ley Electoral.

Cabe señalar, que en relación a los requisitos de elegibilidad enunciados por los artículos 53 fracciones III, IV, V, VI, VII,VIII y IX; 75 fracciones VI, VII,VIII y IX y 118, fracción III, incisos d), e), f), g), h), i) y j) de la Constitución Local; 12, fracciones III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII,14, fracciones III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII de la Ley Electoral, referentes a requisitos de carácter negativo, los candidatos a Diputados, Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores, presentaron escrito bajo protesta de decir verdad que no se encuentran en ninguno de los supuestos enunciados en las fracciones de cada uno de los artículos invocados.

Asimismo, con las sustituciones realizadas no se afecta el principio de paridad y alternancia de género así como la cuota de joven, previstos en los artículos 140, numeral 3 de la Ley Electoral.

En consecuencia, se tiene que las solicitudes de sustitución y la documentación anexa de los candidatos sustitutos, cumplen con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Constitución local, la Ley Electoral y los Lineamientos.

Por otra parte, en estricto cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Monterrey, en la resolución recaída en el Juicio Ciudadano, identificado con el número de expediente SM-JDC-434/2021, se previene y requiere al C. Miguel Alberto López Iñiguez a efecto de que en un plazo improrrogable de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente Acuerdo, exhiba la documentación que soporte la emisión de la constancia de residencia en el Municipio de Tepechitlán, Zacatecas.

Lo anterior, siempre y cuando sea de fecha anterior al último día del registro de candidaturas, es decir, el 12 de marzo de 2021, de conformidad con lo establecido en los artículos 148, numeral 1, fracción IV de la Ley Electoral y 23, numeral 1, fracción IV de los Lineamientos para el Registro de Candidaturas.

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas celebró dos sesiones de carácter Extraordinario, en las cuales también se aprobó, de conformidad con la propuesta realizada por la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, la designación del Consejero y las Consejeras Propietarias y Suplentes, en los Consejos Municipales Electorales de Noria de Ángeles, Trinidad García de la Cadena, Chalchihuites y Apulco, para el Proceso Electoral Local 2020-2021, con motivo de la renuncia al cargo.

También se designó a las y los Supervisores Electorales Locales, así como a las y los Capacitadores Asistentes Electorales Locales que auxiliarán al Presidente, Secretario, Consejeros y Consejeras Electorales en el procedimiento de conteo, sellado, agrupamiento e integración de las boletas electorales.

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