DECLARA IEEZ PROCEDENCIA DEL REGISTRO DE CANDIDATURAS DEL PARTIDO POLÍTICO ENCUENTRO SOLIDARIO

DECLARA IEEZ PROCEDENCIA DEL REGISTRO DE CANDIDATURAS DEL PARTIDO POLÍTICO ENCUENTRO SOLIDARIO

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en sesión extraordinaria, declaró la procedencia del registro de Ulises Mejía Haro y Antonio Mejía Haro para contender como candidatos propietario y suplente a la Diputación Local del Distrito I, con cabecera en Zacatecas; así como de Iván de Santiago Beltrán para contender como candidato a Presidente Municipal del Ayuntamiento del Municipio de Zacatecas, y de Antonio Mejía Haro para contender como candidato a Diputado propietario de la fórmula dos, de la lista plurinominal para integrar la Legislatura del Estado,  presentadas por el Partido Político Encuentro Solidario.

Lo anterior, en estricto cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Segunda Circunscripción Plurinominal con sede en Monterrey, Nuevo León, en las resoluciones recaídas en los Juicios Ciudadanos, identificados con los números de expediente SM-JDC-480/2021, SM-JDC-481/2021 y SM-JDC-482/2021.

En su intervención, la Consejera Electoral Brenda Mora Aguilera destacó que la reforma sobre violencia política de género de 2020, que comprendió la modificación de diversas leyes en nuestro país, se llevó a cabo con la intención de crear y fortalecer un marco jurídico que garantizara la protección y ejercicio de los derechos político electorales de las mujeres, en concordancia con lo establecido y pactado en la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia Política contra la Mujer.

Sin embargo, se lleva un camino recorrido en este tema, muy lento, pero finalmente se van marcando precedentes y actuaciones que nos indican como autoridad administrativa cómo debemos abordar los asuntos, y no porque lo que consideramos en su momento esté mal, en ese momento con los elementos que existían resolvimos, cumpliendo con nuestro deber de protección y garantía de derechos, así como la prevención y erradicación de la violencia de género; ahora estamos frente a un cumplimiento derivado de una resolución y un estado de las cosas diferente.

Por otra parte, el Consejo General aprobó las sustituciones de las candidaturas a cargos de elección popular solicitadas por Coaliciones “Va por Zacatecas” y “Juntos Haremos Historia en Zacatecas”, así como por los partidos políticos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, MORENA, Encuentro Solidario, Fuerza por México, Nueva Alianza Zacatecas, Paz para Desarrollar Zacatecas, Movimiento Dignidad Zacatecas, Partido del Pueblo y La Familia Primero.

Sin embargo, no es procedente la sustitución de la candidatura solicitada por el Partido del Trabajo, respecto al cargo de regidor 4 suplente, referente a la planilla de mayoría relativa por el Ayuntamiento de Vetagrande.

Lo anterior, en virtud a que, contraviene lo dispuesto en los artículos 23 numeral 3 de la Ley Electoral; 20 numeral 4 y 39 numeral 5 de los Lineamientos, que establecen que del total de las candidaturas, el 20% tendrá la calidad de joven, que cuando el cálculo del porcentaje mencionado arroje un número fraccionado, éste se elevará al entero inmediato superior, así como que, en la sustitución de candidaturas se deberán respetar los principios de paridad entre los géneros y alternancia de género así como el carácter de joven de las candidaturas.

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