TRIJEZ RESUELVE DOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN Y UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR RELACIONADO CON VIOLENCIA POLÍTICA

TRIJEZ RESUELVE DOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN Y UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR RELACIONADO CON VIOLENCIA POLÍTICA

En Sesión Pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas resolvió dos medios de impugnación y un Procedimiento Especial Sancionador identificados con las claves TRIJEZ-JDC-009/2022, TRIJEZ-RR-007/2022 y TRIJEZ-PES-004/2022 sobre temas como registro de partidos políticos locales, cuestiones internas de partidos políticos así como violencia política contra las mujeres en razones de género.

En ese sentido, las Magistradas y Magistrados resolvieron el Juicio de la Ciudadanía identificado con la clave TRIJEZ-JDC-009/2022, promovido por Fernando Arteaga Gaytán en contra del acuerdo emitido por la Comisión Nacional de Honor y Justicia del partido político MORENA a través del cual declaró improcedente un recurso de queja que interpuso el actor en contra de la Secretaría de Finanzas del Comité Ejecutivo Estatal de dicho partido.

El Pleno del Tribunal determinó que fue indebido que la Comisión declarara improcedente el escrito de queja presentado por el actor en contra de diversos actos cometidos por la Secretaría y por ende, se violentó su derecho de acceso a la justicia, por ello, se ordenó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena que, de no advertir alguna otra causal de improcedencia admita el escrito y sustancie el procedimiento establecido y en plenitud de sus atribuciones resuelva lo que conforme a derecho considere procedente; garantizando con ello, el derecho fundamental de acceso a la justicia.

Por otra parte, el Pleno del Tribunal Electoral resolvió el Recurso de Revisión identificado con la clave TRIJEZ-RR-007/2022, promovido por el partido político local Movimiento Dignidad Zacatecas, en contra de la resolución, mediante la cual, el Instituto Electoral del Estado otorgó el registro como instituto político local a “Fuerza por México Zacatecas”.

Al respecto las Magistradas y Magistrados determinaron desechar de plano la demanda, al considerar que el partido actor carece de legitimación para impugnar la resolución mencionada.

Finalmente, se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador identificado con la clave TRIJEZ-PES-004/2022 iniciado por Zulema Yunuen Santacruz Márquez en contra del escrito presentado ante la Legislatura del Estado por parte de Nicolás Castañeda Tejeda mediante el cual solicitó expresamente se deje sin efectos la conformación del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Solidario.

La actora señaló en su escrito de queja que, desde su perspectiva, al ser ella diputada e integrante de ese grupo parlamentario, dicho escrito se tradujo en violencia política contra las mujeres en razón de género al ser una acción que tuvo como objeto limitar, anular o menoscabar sus derechos político-electorales.

No obstante, del estudio de las pruebas contenidas en el expediente, el Pleno del Tribunal determinó declarar la inexistencia de la infracción, al considerar que la solicitud que presentó el denunciado ante la legislatura estatal no se realizó por su condición de mujer, ni reprodujo ningún estereotipo de género.

Todas las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral son públicas y pueden ser consultadas en el sitio web oficial www.trijez.mx

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